LOS IMPUESTOS

Los impuestos locales, autonómicos y estatales de carácter inmobiliario,
se calculan usando como base el valor catastral.

El Asesoramiento para cada tributo consiste en el estudio de las distintas opciones para conseguir la mayor disminución del impuesto, así como el desarrollo y gestión de todas las actuaciones necesarias hasta la obtención de la reducción o devolución de las cantidades abonadas de más.

Impuestos Municipales

IMPUESTO DE BIENES E INMUEBLES (IBI)

  • Es el impuesto que el propietario del inmueble abona todos los años
  • Grava el derecho de la propiedad.
  • Es directamente proporcional al valor catastral.

¿Te imaginas ahorrarte un % del recibo del IBI durante toda la vida de tus inmuebles?

 

PLUSVALÍAS

  • Es el impuesto que tributa el propietario de un inmueble al venderlo, al heredarlo o al recibirlo como donación.
  • Este impuesto grava el incremento del valor del suelo de dicho inmueble.
  • Es directamente proporcional al valor catastral del suelo.

Antes de vender un inmueble te aconsejamos revisar su valor catastral ya que puedes ahorrarte una buena cantidad de dinero.

Impuestos Autonómicos

IMPUESTOS DE TRANSMISIONES PATRIMONIALES (ITP) Y ACTOS JURÍDICOS DOCUMENTADOS (AJD)

  • Son los impuestos que tributa el comprador
  • El ITP grava la compra de un inmueble de segunda mano y el impuesto de AJD grava la formalización en documento público de la transmisión de un inmueble de primera mano (con IVA).
  • Es directamente proporcional al valor catastral.

Antes de comprar un inmueble te aconsejamos revisar su valor catastral ya que puedes ahorrarte una buena cantidad de dinero.

 

IMPUESTO DE SUCESIONES O DONACIONES

  • Es el impuesto que tributa el heredero o donatario
  • Grava la herencia o donación de uno o varios inmuebles.
  • Es directamente proporcional al valor catastral.

Antes de recibir una herencia o donación de un inmueble te aconsejamos revisar su valor catastral ya que puedes ahorrarte una buena cantidad de dinero.

Impuestos Estatales

IMPUESTO DE LA RENTA PERSONAS FÍSICAS (IRPF)

  • Es el impuesto que tributan las personas físicas.
  • Es un impuesto personal y directo que grava la renta obtenida en un año natural por las personas físicas residentes en España
  • La Renta inmobiliaria es imputada en el IRPF del propietario por el disfrute de una propiedad que no es la vivienda habitual o que no está afecta a actividades económicas.
  • Es directamente proporcional al valor catastral.

Conseguir imputar menos renta inmobiliaria en tu Declaración de Hacienda hará que ahorres todos los años.

¿Te imaginas reducir el valor catastral de tus inmuebles y pagar menos impuestos municipales, autonómicos y estatales? No pagues de más

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