LIQUIDACIÓN COMPLEMENTARIA
Cuando compramos, vendemos un inmueble, o recibimos un inmueble como herencia o como donación, estamos obligados a tributar por todos y cada uno de los impuestos que nos correspondan ya sean municipales, autonómicos y/o estatales.
Con posterioridad, la Administración, que dispone de mecanismos para comprobar que dichos tributos han sido satisfechos correctamente, si detecta que el valor declarado en el tributo, es inferior al valor comprobado por los técnicos de la propia administración, procederá a girar al propietario una Liquidación Complementaria solicitándole que abone más impuestos.
No te conformes con dicha Liquidación, en la mayoría de los casos suele ser superior a lo debido.
El Servicio de Asesoramiento consiste en disminuir lo máximo posible el importe de dicha Liquidación Complementaria
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