EL VALOR CATASTRAL

El valor catastral es el valor definido por catastro para cada inmueble.

Los impuestos locales,  los autonómicos, y los impuestos estatales de caracter inmobiliario, se calculan usando como base el valor catastral. De ahí su importancia.

Asesoramiento:
Valor Catastral

El valor catastral de cada inmueble se obtiene a partir de las ponencias de valores ya individualizada con las características concretas del inmueble. Por ello es muy importante que las características y la realidad física del inmueble coincidan con los datos que existen en catastro, ya que en caso de no coincidir, la valoración catastral no será la correcta.

El servicio de Asesoramiento consiste en el análisis de la realidad del inmueble comprobando que se corresponde con lo reflejado en su valor catastral, detectando si existen errores en su cálculo que nos hagan estar pagando más impuestos de los que nos corresponden. En tal caso, se gestionaría la modificación del valor y la disminución de los impuestos.

 

Asesoramiento:
Regularización Catastral

El procedimiento de Regularización Catastral tiene como finalidad la incorporación al Catastro Inmobiliario de los bienes inmuebles urbanos y rústicos con construcción, así como de las alteraciones de sus características, que no hayan sido correctamente declarados en catastro.

Este procedimiento se está desarrollando desde el 2013 hasta el 2016 en todo el territorio nacional, excepto el País Vasco y Navarra.

La iniciación del procedimiento, que es de oficio, se les comunica a los propietarios con una notificación.
En ella se les comunica las nuevas construcciones detectadas por catastro y la valoración de las mismas, siendo el valor catastral notificado mayor que el valor catastral que el inmueble tenía hasta entonces.

El servicio de Asesoramiento de Regularización catastral, consiste en verificar que los datos reflejados por catastro en la notificación se correspondan con la realidad, y que la valoración realizada del nuevo valor catastral sea correcta, o si existieran errores alegarlos, ya que con el nuevo valor catastral notificado se tributarán los impuestos venideros.

Si la construcción tiene más de cuatro años, no es extraño que pasados unos meses el propietario reciba una liquidación del Ayuntamiento solicitando que liquide la diferencia entre el IBI correspondiente al nuevo valor catastral y el IBI ya abonado, de los últimos cuatro años.

Si has recibido una notificación de regularización catastral o quieres revisar tu valor catastral, contacta con nosotros y evita pagar de más.

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